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La semana pasada planteamos algunos consejos sobre cómo deben viajar nuestras mascotas en el coche; pero como no estamos solos y hemos de adecuar nuestro comportamiento al entorno y al tráfico, al desplazarnos por la ciudad o por el monte, debemos conocer la normativa de cada lugar, también al pasear con nuestro perro; de no respetar las normas podríamos ser sancionados. Es por eso que el artículo de esta semana lo dedicamos a los peatones, responsables de su perro, y a la seguridad vial al andar por la calle.

En el momento en que nos desplazamos por la ciudad -sea a pie, en bici o en cualquier otro vehículo- somos partícipes del tráfico. Según la forma de desplazarnos podemos adoptar diferentes roles: Peatones, conductores o viajeros.

perro-dgtAl andar en compañía de un animal, como puede ser un perro, la seguridad y el respeto al resto de los viandantes es crucial. Todo esto ha llevado a legislar una serie de normas que garanticen  esas dos premisas. Con tal motivo, la DGT ha elaborado una guía para las personas que tenemos animales, en concreto perros, en la se nos recuerda cuáles son esas normas y lo que se debe hacer y evitar.  Si cumplimos las pautas de esta guía contribuiremos a mejorar la Seguridad Vial en beneficio propio y del resto de la sociedad.

A continuación, reproducimos lo que se nos indica en la guía:
– Calzada: Parte de la carretera dedicada a la circulación de vehículos.
– Zona peatonal: Partes de la vía reservadas a la circulación de peatones; son las aceras, andenes, paseos y refugios.
– Pipi-can: Zona destinada a los perros para que estos hagan sus necesidades.
– Zonas verdes: Parques y jardines destinados al esparcimiento de los ciudadanos.
– Carril-bici: Zona destinada al uso exclusivo de bicicletas.

Qué no debemos hacer al caminar con nuestro perro:
– Llevar el perro suelto, ya que puede causar molestias, accidentes o ser atropellado.
– Llevar el perro atado con correas extensibles, más difíciles de controlar de manera segura.
– Incumplir la normativa municipal, que regula la tenencia de los perros, entre otros animales.

No existe una única norma que regule, y castigue, a los dueños que pasean por la vía pública con sus mascotas sueltas.

Las multas por pasear con nuestro perro suelto en el núcleo urbano van desde los 150 hasta los 300 euros. En Madrid se regula las obligaciones de los dueños de mascotas con la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales de Madrid, de julio de 2001.

En el Parque Nacional de la Sierra del Guadarrama tampoco está permitido llevar a nuestro perro sin correa. Los agentes del Seprona o los forestales, directamente, pueden ponernos una sanción administrativa contra el medio ambiente. Y cuidado, porque según parece, no dejan pasar ni una.
– Caminar cerca de los bordillos con el perro.
– Si por algún motivo debemos separarnos de él, tenemos que buscarle alguien que se haga cargo del perro para evitar accidentes y molestias.
– Cruzar la calle fuera de los lugares autorizados.
– Pasear con el perro por carriles-bici.
– Llevar el perro suelto en el interior del vehículo, ya que puede molestar o distraer al conductor del mismo y ser causa de accidentes.
– Acceder a los transportes públicos con el perro, excepto en el caso de perros guía. Aunque, desde el mes de julio está permito viajar con nuestro perro en metro (en el Metro de Madrid), siempre con correa y bozal, en el último coche de cada tren y fuera de las horas punta de mañana y tarde.
Hasta entonces, sólo podían acceder al Metro animales pequeños domésticos en trasportines, siempre que no resultaran peligrosos ni molestos para el resto de viajeros.

Qué debemos hacer:
– Al pasear por un núcleo urbano debemos llevar al perro siempre atado y controlado cuando circulemos por zona peatonal, ya que al tratarse de un animal puede tener reacciones imprevisibles.
– El perro deberá ir por la zona más próxima a los edificios en el caso de que circulemos próximos a la calzada, sin molestar al resto de viandantes.
– Debemos cruzar la calle con el perro por sitios autorizados; es decir, por donde lo haga el peatón.
– Cuando viajemos con perros en el interior del vehículo, se colocará un separador que impida que ocasione molestias o pueda ser causa de distracciones.
– Los perros catalogados como potencialmente peligrosos, deberán llevar además un bozal.

Foto y Fuente: http://www.dgt.es/PEVI/documentos/catalogo_recursos/didacticos/did_adultas/el_perro.pdf

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