Es frecuente que al conducir tengamos que hacer maniobras para incorporarnos, aparcar, adelantar… Estas variaciones en la dirección o posición de nuestro vehículo pueden modificar las circunstancias normales del tráfico y representar un riesgo para nuestra Seguridad Vial y la de los que nos rodean. Es por eso que antes de realizar una maniobra debemos tomar precauciones y seguir siempre los pasos indicados por la regla de seguridad RSM. En el artículo de hoy, explicamos en qué consiste esta norma y cómo hacer correctamente, algunas de las maniobras más frecuentes. La semana que viene finalizaremos el tema de las maniobras.
Sea cual sea la maniobra que tengamos que realizar, debemos respetar el modelo de seguridad RSM (Retrovisor – Señal – Maniobra), en el mismo orden: Primero, observaremos el tráfico a través de las ventanas de nuestro vehículo o directamente si vamos en moto y por los espejos retrovisores para asegurarnos que podemos realizar la maniobra sin poner en peligro a otros usuarios de la vía.
A continuación, utilizaremos la señalización luminosa con suficiente antelación, para avisar a los demás usuarios de nuestra intención de realizar la maniobra.
Finalmente, ejecutaremos la maniobra siguiendo la normativa para cada una de ellas.
Veamos ahora cuáles son las maniobras que, de forma intencionada, realizamos habitualmente.
- Incorporación: Es el acto de participar en la circulación, bien porque comencemos a circular después de estar parados o estacionados en la vía o porque nos incorporemos a una carretera desde un carril de aceleración o desde un camino privado. En cualquier caso, siempre tenemos obligación de ceder el paso a los que circulan por la vía principal.
En vías dotadas de un carril de aceleración, debemos cerciorarnos de que podemos hacerlo sin peligro para los demás usuarios que transiten por dicha calzada, teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, e incluso debemos detenernos, si es necesario. A continuación, apuraremos hasta alcanzar la velocidad adecuada al final del carril de aceleración para incorporarnos a la circulación de la carretera.
Los demás conductores facilitarán dicha maniobra, especialmente si es un autobús el que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada. En este caso, deberíamos incluso pararnos para dejar que se incorpore sin poner en peligro a pasajeros y a viandantes.
- Cambio de dirección: Esta maniobra consiste en abandonar la carretera por la que circulamos para tomar otra distinta, girando a la derecha, lo más cerca posible del borde derecho, o girando a la izquierda, sólo cuando dispongamos de suficiente visibilidad y de la siguiente manera:
Si la vía es de sentido único, debemos realizarla lo más cerca posible del borde izquierdo.
Si la vía está delimitada en doble sentido, con o sin marcas, estamos obligados a hace el giro lo más cerca posible de la línea que separe dichos sentidos de circulación (excepto ciclos y ciclomotores, que lo harán desde el borde derecho). No os pongáis nerviosos porque tengamos que obstruir el paso a los vehículos que nos siguen, debemos permanecer en nuestro carril hasta que podamos realizar la maniobra sin poner en peligro nuestra seguridad vial.
Si la vía es de doble sentido y posee carril específico para realizar el giro, siempre debemos utilizar dicho carril.
- Desplazamiento lateral: Es el cambio de posición en la calzada, que implica la invasión total o parcial de otro carril. Esto sucede cuando nos encontramos algún obstáculo en el pavimento de la carretera y nos vemos obligados a invadir el carril contiguo realizando un desplazamiento lateral. Antes de hacerlo, siempre debemos advertirlo utilizando la luz indicadora de dirección correspondiente al lado hacia el que nos vamos a desplazar.
- Cambio de sentido de la marcha: Consiste en dar media vuelta en la vía por la que circulamos. Está prohibido cambiar el sentido en lugares de visibilidad reducida, en los que no podamos comprobar si se aproxima otro vehículo; en pasos a nivel; en túneles; en autopistas y autovías y, en tramos en los que esté prohibido adelantar.
El lugar adecuado para realizar un cambio de sentido es aquel en el que se intercepta la vía durante el menor tiempo posible. Si obstruimos el paso a los vehículos que nos siguen, debemos abandonar la calzada por el lado derecho hasta que las condiciones nos permitan realizar esta maniobra.
Hasta aquí el post de hoy. En el próximo veremos cuándo, cómo y por qué realizar un adelantamiento y las diferencias entre parada, detención y estacionamiento y cómo ejecutar estas maniobras correctamente.
Interesante artículo. Yo suspendí el práctico de conducir por no respetar la regla RSM, olvidé mirar por el retrovisor al cambiar de carril y mi profesor tuvo que frenar porque me estaba adelantando un coche. De haber conocido la regla posiblemente lo hubiera tenido en cuenta.
¡Saludos!