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El exceso de velocidad es una infracción grave o muy grave que además de cuantiosas multas y la pérdida de puntos del carné de conducir, puede acarrear penas de cárcel. En el artículo de hoy os contamos la tipificación de estas multas y las posibles sanciones.

Señal radarCuatro de cada diez conductores circulan a una velocidad superior a la permitida. Alarmante ¿verdad?

Cerca de El Boalo, en la carreta convencional M607 limitada desde enero de 2019 a 90 km/h es frecuente encontrarnos con conductores que aún no se han enterado que ya no se puede circular a 100 km hora y se pegan al “culo” del vehículo de delante como una lapa, sin respetar la distancia de seguridad. A todos ellos les recordamos que circular a una velocidad de 91 a 120 km/h supone una multa de 100 €.

Circular en este tipo de vía a una velocidad de 121 a 140 km/h implica 300 € de multa y la pérdida de 2 puntos.

Si la velocidad en la que se circula es de 141 a 150 km/h son 400 € de sanción y 4 puntos menos en el carné de conducir.

A más de 161 km/h se perderá 600 € y 6 puntos.

Además, siguiendo el art. 379 del Código Penal, los conductores que superen los límites de velocidad permitidos en más de 80 km/h en este tipo de vía, serán castigados con penas de prisión de tres a seis meses.

Control de la Guardia Civil

La pena de cárcel también se extiende a los conductores que circulen por vías urbanas a más de 60 km/h de la velocidad permitida. En este tipo de vía, las sanciones económicas y la pérdida de puntos en el carné de conducir también es progresiva.

Por ejemplo, en carreteras urbanas con limitaciones de 30, 40 o 50 km/h los conductores que superen los 81, 91 o 101 km/h cometerán una infracción muy grave y serán multados con 600 € y la pérdida de 6 puntos en el carné de conducir.

Todas ellas son sanciones muy cuantiosas, que se incrementan si se circula bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes, con conducción temeraria o con la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o detección de drogas.

Las modificaciones en el Reglamento de Conductores también contemplan incrementar las multas para conducir con la lTV caducada, las ruedas en mal estado o utilizando el móvil al volante. En este último caso, la infracción es muy grave y conllevaría la pérdida de otros 6 puntos en el carné de conducir.

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