Acaba de arrancar el mes de marzo y como ya venimos anunciando desde hace semanas, en tan sólo en unos días entrará en vigor las nuevas normas de Ley de Tráfico y Seguridad Vial, una nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos, tal y como anuncia la nueva campaña de la DGT #NuevosTiemposNuevasNormas «nuevas formas de movernos, conectarnos y comunicarnos»,
A partir del 21 de marzo estos son los cambios que entrarán en vigor, por una convivencia segura.
Da igual el vehículo que conduzcas. Las normas nos afectan a todos. Y su incumplimiento provoca siniestros viales.
- En carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos.
Porque dos de cada tres accidentes mortales se producen en carreteras convencionales y el momento de los adelantamientos es de máximo riesgo: solo en 2019, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en vía convencional. - Han pasado casi 30 años desde la obligatoriedad del cinturón de seguridad. Tanto el cinturón como los demás elementos de protección son nuestros salvavidas, por eso la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial vela porque siempre los lleves bien colocados.
No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos. - Si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes llegar a perder 6 puntos.
- Arrojar a la carretera objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos.
- Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás ocupar por completo al adelantar el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos.
- Los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
- La única tasa de alcohol segura es la 0,00 y, si eres menor de edad, es la única permitida para conducir tu ciclomotor, tu bici o tu patinete.
- Obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
- Prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
La bicicleta es un medio más de transporte, cada vez más numeroso, y tenemos que aprender a convivir con él y aprender a proteger a este colectivo más vulnerable. - Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
- Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
- Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir sin necesidad de llevar encima el carné de conducir.
- Se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses. Tampoco puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente al examinarte.
- Si conduces una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.
- Ahora, no usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.