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Esta semana y las siguientes queremos hablaros nuevamente de los criterios de calificación de la prueba de control de aptitudes y comportamientos en vías abiertas al tráfico general, tanto por vías urbanas como interurbanas donde se presenten, al menos, el 80% de las incidencias que pueden darse en el tráfico.

Vamos a recordar, lo que en la prueba de control de aptitudes y comportamientos al volante, se considera falta leve, deficiente o eliminatoria.

FALTA LEVE (L): es todo comportamiento o incumplimiento de normas reglamentarias cuando no constituya falta eliminatoria o deficiente, así como el manejo incorrecto de los mandos del vehículo, sin perjuicio de que este hecho pueda ser valorado como falta de mayor gravedad, en función de las circunstancias concurrentes en cada caso.

FALTA DEFICIENTE (D): es todo comportamiento o incumplimiento de las normas que obstaculice, impidiendo o dificultando notablemente la circulación de otros usuarios, la que afecte ostensiblemente a las distancias de seguridad, así como el incumplimiento de señales reguladoras de la circulación que no constituya falta eliminatoria.

FALTA ELIMINATORIA (E): es todo comportamiento o incumplimiento de las normas que suponga un peligro para la integridad o seguridad propia o de los demás usuarios de la vía. Así como, en general, el incumplimiento de las señales reguladoras de la circulación que estén tipificadas como infracción grave o muy grave conforme a lo dispuesto en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

El aspirante a conductor será declarado NO APTO, de acuerdo con el siguiente baremo:
E. Con una falta ELIMINATORIA.
DD. Con dos faltas DEFICIENTES.
DLLLLL. Con una falta DEFICIENTE y cinco LEVES.
LLLLLLLLLL. Con diez faltas LEVES.

Teniendo en cuenta que el tiempo mínimo de conducción y circulación destinado a la prueba de control de las aptitudes y comportamientos del aspirante en circulación en vías abiertas al tráfico general será de 25 minutos para las clases B, BE y para la autorización B96, 25 minutos para las clases A1, A2 y 45 minutos para los permisos de las clases restantes, salvo que se acuerde la interrupción y la suspensión de las pruebas.
El tiempo total a efecto de cómputo de pruebas será de 30 minutos para las clases B, BE y para la autorización B96, 35 minutos para las clases A1, A2 y 50 minutos para el resto de las pruebas.
En este tiempo se incluye la recepción del aspirante, la preparación del vehículo, su comprobación técnica, en lo que respecta a la seguridad vial, las maniobras especiales, en su caso y la comunicación de los resultados de la prueba.

Hoy vamos a repasar las faltas leves relacionadas con el estado general del vehículo, la incorporación a la circulación, la progresión normal, los adelantamientos y las intersecciones, la semana que viene continuaremos repasando el resto de faltas leves para tratar en semanas sucesivas las faltas deficientes y las faltas eliminatorias.

No comprobar correctamente el estado general del vehículo:
– Localización e identificación de los distintos mandos.
– Neumáticos.
– Luces.
– Niveles (aceite, frenos, dirección, refrigerante, lavaparabrisas)…
– Señal acústica.
– Identificación batería.
– Abrir el capó (motor) o calandra.
– Chaleco reflectante.
– Dispositivos portátiles de preseñalización de peligro.
– Documentación.
– No comprobar bien otros sistemas de frenado (retarder, freno eléctrico, etc.).
– Otros elementos de seguridad (equipo homologado de extinción de incendios, calderines, ven- tanilla de socorro y martillo rompecristales).
– Puertas.

Faltas leves al instalarse en el vehículo (coche o moto):
– No adoptar la postura correcta.
– No regular correctamente los espejos retrovisores.
– No utilizar el cinturón de seguridad y no ajustarse correctamente el cinturón de seguridad.
– No utilizar el casco (examen de moto).
– No ajustar correctamente la cinta de sujeción o abrocharla.
– Identificar tacógrafo
– No utilizar correctamente el equipo de protección.
– No recoger el soporte de la motocicleta al iniciar la marcha.

Faltas leves en la incorporación a la circulación:
– 
No observar el tráfico delante, detrás y/o lateralmente.
– Omitir señal reglamentaria.
– Señalizar al contrario.
– Señalizar sin la suficiente antelación.
– No extinguir la señal finalizada la maniobra, en función de la duración.
– Realizar la incorporación de forma no gradual.
– Incorporarse invadiendo sin necesidad el arcén, la zona de sentido contrario o carriles contiguos del mismo sentido.
– Demorar la incorporación, evidenciando inseguridad, cuando las circunstancias sean las idóneas en relación con las distancias y velocidades de la corriente circulatoria.
– Realizar más movimientos de los necesarios en función del espacio disponible.
– Incorporarse con velocidad inadecuada.
– Forzar o golpear fuertemente el bordillo sin llegar a subirlo.
– Recorrer marcha atrás más de 15 metros o invadir un cruce de vías para incorporarse.
– Utilización inadecuada de los carriles de aceleración.

En progresión normal:
– No circular por el carril derecho cuando sea reglamentario.
– En vías fuera de poblado con 3 o más carriles en el mismo sentido, circular por un carril no autorizado para ese vehículo o conjunto de vehículos.
– Circular, por un carril habilitado por motivo de fluidez, en sentido contrario al habitual, con un vehículo no autorizado para ello.
– Mantenerse circulando junto al eje de la calzada en vías con un solo carril para cada sentido.
– No circular lo más cerca posible del borde derecho de la calzada en curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad en vías con un solo carril para cada sentido.
– Circular por el arcén, parcial o totalmente.
– Salirse de la calzada, donde no exista arcén, por circular muy próximo a su borde y sin que suponga pérdida de dominio.
– No detenerse en un túnel o paso inferior, por necesidades de la circulación, lo más lejos posible del vehículo que le precede.
– Circular a velocidad anormalmente reducida sin causa justificada.
– No moderar la velocidad en función del estado de la vía u otras circunstancias, incluidas las atmosféricas.
– No moderar la velocidad ante la presencia de peatones.
– Reducir considerablemente la velocidad, sin justificación, antes de penetrar en un carril de deceleración.
– Detenerse innecesariamente.
– Exceder en más de 10 km/h y hasta 20 km/h la velocidad genérica establecida.
– Detenerse innecesariamente detrás de un obstáculo o vehículo (parado o estacionado, en carga o descarga, etc.) por no observar y valorar con anticipación dicha situación.
-Reducir considerablemente la velocidad sin observar/valorar/advertir.

Desplazamiento lateral:
– No observar el tráfico delante, detrás y/o lateralmente.
– Omitir señal reglamentaria.
– Señalizar al contrario.
– Señalizar sin la suficiente antelación.
– Señalizar con excesiva antelación.
– No extinguir la señalización una vez realizada la maniobra, en función de la duración.
– Realizar el desplazamiento de forma brusca.
– No penetrar lo antes posible en el carril de deceleración.

Adelantamientos:
– Iniciar el adelantamiento demasiado lejos prolongando innecesariamente la maniobra.
– Adelantar con lentitud, sin suficiente diferencia de velocidad.
– Adelantar, a vehículos de más de dos ruedas, en las intersecciones y en sus proximidades.
– Adelantar en las intersecciones con vías para ciclistas, en los pasos para peatones señalizados, en los pasos a nivel y en sus proximidades.
– Adelantar en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal “Túnel” con un solo carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar.
– Adelantar a un vehículo, que a su vez adelanta a otro, si se requiere la invasión de la zona de sentido contrario.
– No observar el tráfico lateral y posterior.
– Omitir señal reglamentaria.
– Señalizar al contrario.
– Señalizar sin la suficiente antelación.
– Señalizar con excesiva antelación.
– No extinguir la señalización una vez realizada la maniobra, en función de la duración.
– Demorar excesivamente la vuelta al carril derecho.
– Realizar la maniobra, evidenciando inseguridad.
– No invadir total o parcialmente el carril contiguo cuando sea reglamentario hacerlo.
– Realizar el desplazamiento de forma brusca.
– Aumentar la velocidad al ser adelantado.
– No ceñirse al borde derecho de la calzada, en vía interurbana con un carril para cada sentido, al advertir que va a ser adelantado.
– No indicar a otros usuarios, cuando sea obligatorio, la posibilidad de ser adelantado por no poder ceñirse al borde derecho de la calzada.
– Adelantar por la derecha antirreglamentariamente.

Intersecciones:
– No observar la señalización existente en la vía, preguntando la dirección a seguir.
– No observar el tráfico delante, detrás y/o lateralmente.
– Omitir señal reglamentaria.
– Señalizar al contrario.
– Señalizar sin la suficiente antelación.
– Señalizar con excesiva antelación.
– No mantener la señalización.
– No extinguir la señalización una vez realizada la maniobra, en función de la duración.
– No llevar la posición adecuada para o durante el franqueo de la intersección.
– Aproximarse o franquear a velocidad excesivamente reducida sin causa justificada.
– Aproximarse a velocidad inadecuada.
– Franquear a velocidad inadecuada para las condiciones de la intersección.
– Detenerse súbitamente ante un semáforo en intervalo rojo, amarillo, stop, ceda el paso, etc. Por no haber valorado y actuado con suficiente anticipación.
– Detenerse antes de llegar a la posición de entrada sin alcanzar la zona de máxima visibilidad posible.
– Detenerse sin necesidad.
– Detenerse rebasada la posición de entrada por no adoptar las medidas necesarias.
– No reanudar la marcha en el momento oportuno.

 

 

 

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